De acuerdo con el Estatuto Social de la Compañía, en el Capítulo VI – Ejercicio Social y Utilidades: “Los Accionistas tienen derecho a un dividendo anual no acumulativo de por menos 50% (cincuenta por ciento) de la utilidad neta ajustada del ejercicio, de conformidad con el Artículo 202 de la Ley de Sociedades por Acciones.” La Compañía ha presentado un historial de pago de dividendos muy por encima de la remuneración mínima que figura en el texto anterior de su Estatuto, siguiendo las mejores prácticas de gobernanza corporativa y su estrategia corporativa.
El 08/05/2024, TAESA anunció, a través de Hecho Relevante, su propuesta de distribución de utilidades. Con el objetivo de ejecutar la planificación estratégica y brindar mayor previsibilidad por parte del mercado, la base de cálculo para la distribución de las utilidades de la Compañía será el beneficio neto regulatório. Para el ejercicio 2024, la distribución de utilidades propuesta será de al menos el 75% del beneficio neto regulatorio. A partir del ejercicio 2025, la intención de la Compañía es proponer la distribución de las utilidades entre el 90% y el 100% del beneficio neto regulatorio. La propuesta no modifica la distribución de dividendos mínimos obligatorios prevista en los Estatutos Sociales de Taesa, que consiste en un dividendo anual no acumulativo de al menos el 50% del beneficio neto ajustado del ejercicio.